Sturzengger y Bullrich acuerdan cambios en el proyecto de la ley de Propiedad Privada y confirman que se tratará el 6 de agosto
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y la jefa del bloque oficialista, Patricia Bullrich, acordaron mantener los cambios que consensuaron los senadores libertarios y las bancadas dialoguistas, sobre la eliminación de restricciones para la venta de tierras a extranjeros.
Bullrich informó a los periodistas acreditados en el Senado que el ministro acepto las reformas incluidas en el proyecto sobre el tema tierras con lo cual “el 6 de agosto vamos con los cambios que acordamos con los aliados”.
La senadora y el ministro mantuvieron una reunión que mantuvieron durante la tarde en el Senado, de la cual también participó el secretario de Desregulación, Alejandro Cacace
Uno de los puntos que había generado malestar entre Bullrich y el ministro es el referido a las potestades que tendrán las provincias para aprobar una venta a un inversor extranjero, donde se deja abierta la posibilidad que puedan dictar sus propias normas.
Sobre esta posibilidad que las legislaturas dicten sus propias leyes: Bullrich dijo que ” las provincias mantienen facultades para legislar, aunque no creemos que vayan a sacar leyes propias
Señaló que Sturzenegger “tenía algunas dudas respecto a los cambios que habíamos hecho, y, le explicamos que tenían que ver con una mirada federal del uso de la tierra, sumando a las provincias en decisiones sobre zonas fronterizas para facilitar inversiones “.
Dijo que “es un proyecto consensuado entre todos los bloques, y no pone en peligro la soberanía, ya que la propiedad de la tierra no afecta la soberanía nacional; las leyes argentinas rigen para todos, sean nacionales o extranjeros”.
Las diferencias en el oficialismo y la ausencia de algunos aliados que iban a votar el proyecto obligaron al Gobierno a postergar por cuarta vez el debate de esa iniciativa en la sesión del pasado 16 de julio, que tiene como eje central la eliminación de las restricciones para que los empresarios extranjeros puedan adquirir tierras.
LIMITES A LA VENTA DE TIERRAS
La última versión del dictamen fija que cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites
En ejercicio de sus competencias, cada provincia podrá establecer el régimen jurídico aplicable a tal efecto.
Se prohíbe la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros y de las empresas con participación estatal extranjera, cualquiera sea la forma jurídica que adopten, salvo autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.
Toda adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros deberá ser inscripta en el Registro Nacional de Tierras Rurales previsto en el artículo 14 de la presente ley.
La adquisición de inmuebles rurales en zonas de seguridad de frontera por extranjeros deberá contar con la autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional, en los términos de dicha normativa.
Se elimina el artículo del silencio administrativo por el cual, si no había un pronunciamiento de la provincia o la Nación en un plazo de seis meses, la venta queda consagrada automáticamente.
