La Cámara de Senadores aprobó reformas a la Ley de Glaciares
El proyecto habilita la actividad económica en zonas periglaciares que no cumplan funciones hídricas. Votaron en contra el PJ y algunos “dialoguistas”. Las provincias mineras empujaron la iniciativa. Se giró a Diputados.
La Cámara de Senadores aprobó por 40 votos a favor, 31 en contra y una abstención y giró a la de Diputados un proyecto que modifica la vigente Ley de Glaciares 26639 y habilita la actividad económica en las zonas periglaciares que no cumplan una función “hídrica efectiva”.
La Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar fue sancionada hace más de una década y media e inmediatamente su interpretación generó disputas que llegaron a la Corte Suprema. La controversia principal estuvo ligada a la posibilidad de actividad minera en zonas protegidas.
En ese marco el gobierno promovió su modificación con el objetivo alegado de “ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución Nacional”.
La iniciativa provocó la resistencia de la oposición peronista y de organizaciones medioambientales que señalaron que mientras la normativa actual protegía a toda masa de hielo perenne y al ambiente periglaciar en alta, media y baja montaña, el proyecto oficialista limitaba la prohibición de explotación a aquellos suelos congelados que actuasen como reguladores hídricos “comprobables”.
Antes del debate activistas de “Greenpeace” saltaron las rejas que protegen el Congreso para protestar en la escalinata que da a la avenida Entre Ríos y fueron desalojados por la policía. Durante el episodio se produjeron incidentes que involucraron a un camarógrafo de televisión.
El artículo 1° del proyecto circunscribe las zonas protegidas a las reservas de recursos hídricos y las declara bienes de carácter público. Determina también que la protección debe ser interpretada de un modo compatible con el artículo 41 de la CN que dispone la utilización “racional” de los recursos naturales que son propiedad de las provincias.
El inventario de glaciares se mantiene y servirá para individualizar los que cumplen función hídrica. Los que no lo hagan, no estarán protegidos. El inventario sigue a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias (IANIGLIA).
Por último, la cuestión que generó mayor controversia y dividió el voto, la relativa a la autoridad competente, quedó saldada a favor de las provincias. Será definida por cada jurisdicción. A la Nación corresponde, en cambio, el establecimiento de los presupuestos mínimos de protección ambiental.
El miembro informante del oficialismo, Agustín Coto, justificó la norma como una respuesta al pedido de la Corte de una aclaración para interpretar la ley vigente. La oposición la rechazó como una amenaza ecológica, mientras quienes inclinaron la balanza fueron los representantes de provincias mineras, que consiguieron no sólo la sanción del proyecto, sino ser también las que nombren la autoridad de aplicación.
