Diálogo con Marcelo Gallo Tagle, presidente de la Asociación de Magistrados, la entidad política y gremial de los jueces­

El Poder Judicial en tiempos de pandemia­

­Los efectos nocivos de la pandemia y las restricciones de circulación, al igual que las dificultades derivadas del software, del hardware y de la conectividad, se hicieron sentir con fuerza desde su indeseada irrupción, en marzo del 2020, en el severo ámbito del Palacio de Tribunales (sede de la Corte Suprema), así como en los juzgados del fuero federal y edificios judiciales aledaños. Esa situación persistió aún durante los períodos del receso invernal y estival.­

Para conocer aspectos de la actividad desarrollada en el seno de ese Poder del Estado a lo largo de los últimos meses, durante los cuales se registró un notorio avance de la digitalización de los procesos y en forma temporaria prevaleció (hasta el retorno a la presencialidad plena, en octubre de 2021) el trabajo remoto, La Prensa conversó con Marcelo Gallo Tagle, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil número 17 y presidente -desde 2019- de la tradicional Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, situada en Lavalle 1334, 1º piso, de esta Capital.­

CONSECUENCIAS ECONOMICAS Y PSICOLOGICAS­

-¿Cómo evalúa el impacto de la pandemia, al igual que sus consecuencias económicas y psicológicas, en las actividades habituales del Poder Judicial?­

-Se trabajó desde el primer momento de la pandemia. Esto lo quiero resaltar firmemente, porque era comentario habitual negativo de que la Justicia no estaba trabajando. Eso fue absolutamente falso, porque desde los primeros cinco días que se suspendió (por primera vez) la actividad a raíz de la pandemia, lo que se hizo fue organizarnos para abordar la realidad que estábamos atravesando. Y en esa realidad, magistrados y funcionarios tanto del Poder Judicial como de los Ministerios Públicos, estuvimos al frente de las oficinas. Bastante tiempo después se fueron incorporando lentamente, y a pesar de las restricciones que imponía el sindicato (Unión de Empleados de Justicia de la Nación), los restantes estamentos. La Justicia no solo jamás paró, sino que el trabajo que estábamos realizando demandaba el triple de tiempo de lo que habitualmente ocurría durante la presencialidad. Las dificultades de las tareas a distancia nos obligaban a dedicar más tiempo. Y en lo que hace al área de tecnología del Poder Judicial, tuvieron que trabajar a destajo, sin recursos materiales y humanos necesarios, para adaptar el sistema informático. Entre los recursos materiales de los magistrados y funcionarios (computadoras, conexión a Internet, etc.) para llevar adelante la actividad, y del personal de tecnología para darnos las herramientas que no tenía el sistema, el Poder Judicial siempre estuvo abierto. Y le digo más: la crítica que va contra el Poder Judicial es aplicable a los demás Poderes del Estado.­

"Sin Justicia independiente no hay república. Sin república no hay democracia".

-¿Por qué hace extensiva esa responsabilidad, vinculada específicamente con la prestación del servicio de Justicia, a los demás Poderes del Estado?­

-Porque toda la tarea que nosotros generábamos dentro del Poder Judicial, cuando tenía que ser aplicada en las oficinas del Poder Ejecutivo, éstas estaban cerradas por la pandemia, con lo cual era útil la crítica al Poder Judicial para tratar de desprestigiarlo. El Poder Judicial producía, generaba órdenes, y cuando las notificaciones tenían que ir a las distintas dependencias y registros del Poder Ejecutivo, las puertas estaban cerradas. No se recibían (los reclamos), porque por la pandemia no había personal para atenderlos. Esta no solo es una clara demostración de que el Poder Judicial siempre estuvo trabajando desde el primer día. También es una demostración de que la voluntad de desprestigiar al Poder Judicial es la mejor manera de tapar la incompetencia de los demás Poderes del Estado.­

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA­

-La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la ley 26.080, la cual redujo en el año 2006, de 20 a 13 miembros, la integración del Consejo de la Magistratura. ¿Cuál es la mirada de la Asociación de Magistrados respecto del resonante fallo del alto tribunal?­

-Compartimos el fallo de la Corte, en el sentido de que puso de relieve lo que veníamos señalando: la estructura dada al Consejo por la ley 26.080 no respetaba las disposiciones constitucionales que hablaban de un reparto equitativo de los cargos de quienes integran ese organismo. (Desde esa reforma de 2006, ahora anulada por la Corte, el Consejo está compuesto por 3 jueces, 2 abogados, 4 legisladores de la mayoría, 2 legisladores de la minoría, 1 académico y 1 representante del Poder Ejecutivo. En síntesis, 7 de 13 miembros totales -esto es, 6 legisladores y el representante del Poder Ejecutivo-son del sector político).­

-En forma simultánea, la Corte ordenó al Consejo de la Magistratura a adecuar su conformación. Es decir, que ese cuerpo vuelva a integrarse con un total de 20 miembros. ¿Es factible, en lo que concierne al segmento de los magistrados, poner en marcha un proceso electoral para incorporar al consejero juez que falta?­

- Para nosotros es tan inconstitucional la ley 26.080, con un Consejo de 13 miembros, como la ley 24.937 (sancionada el 10 de diciembre de 1997, y a la cual alude ahora el fallo de la Corte), con un Consejo de 20 miembros. Y si bien la ley 24.937 fue un poco mejor, el Consejo siguió teniendo, aún con 20 miembros, un fuerte componente de la política. De los 20, había 11 integrantes del poder político. El resto hubo que repartirlo entre abogados, magistrados, etc. No existió tampoco ahí la equivalencia en el reparto de cargos, tal como propone la Constitución. En cuanto a la integración en el plazo de 120 días (es decir, hasta el 14 de abril del 2022), se trata de un período muy breve, pero la Asociación de Magistrados se va a poner el trabajo al hombro. Cumpliremos con el fallo de la Corte en tiempo y forma, e incorporaremos al Consejo de la Magistratura al representante del sector de jueces. Vamos a elegir al consejero juez que falta, pues efectivamente la ley 24.937 (o la vuelta al "Consejo Grande") exige que se incorpore otro magistrado para completar el número de cuatro. (N. de la R.: En su fallo del 16 de diciembre último, la Corte decidió además exhortar al Congreso de la Nación para que "en un plazo razonable dicte una ley que organice el Consejo de la Magistratura de la Nación".­

LEGISLATURA DE LA CIUDAD ("LEY LARRETA")­

-Otro tema espinoso durante el año 2021 fue el intento de someter a revisión del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, los fallos de las Cámaras Nacionales de Apelaciones. Concretamente, la ley 6452, impulsada por el oficialismo porteño de Horacio Rodríguez Larreta y aprobada por la Legislatura de la Ciudad el 30 de septiembre último, le concedió al mencionado Tribunal Superior competencia para intervenir en las decisiones emitidas por la Justicia Nacional, Civil, Comercial, Laboral, Correccional y Criminal de la Capital Federal. ¿Qué aspectos legales suscita este conflicto?­

-Primero: nosotros ya planteamos la inconstitucionalidad de esa ley (6452). La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Macarena Marra Giménez hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. A su vez la jueza ordenó que no se aplique el artículo clave de la norma, que amplía el espectro de acción de la Corte porteña (Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad), hasta que resuelva la cuestión de fondo.­

-¿Dónde radica, en el plano de la discusión jurídica, la inconstitucionalidad de la ley 6452?­

-Es inconstitucional porque la Legislatura porteña se arrogó competencia del Congreso Nacional. Es tan simple como eso. Indudablemente pareciera haber presiones políticas a favor de uno, u otro sector. Intencionalidad política que a nosotros no nos interesa. Esta ley es inconstitucional, por cuanto la Legislatura porteña se está arrogando competencia del Congreso Nacional para decidir sobre las modificaciones que pudieran ser necesarias, y afecten a la Justicia Nacional. No a la Justicia de la Ciudad que es Justicia local. En segundo lugar, lo que más me molesta de esta situación, es que todos hablan de esta sola ley, pero en realidad son dos normas que se dictaron el mismo día. Lo que sería la oposición de la Ciudad de Buenos Aires (contraria a Rodríguez Larreta), acompañó una ley y no la otra. No acompañó la revisión de los fallos de las Cámaras Nacionales de Apelaciones por el Superior Tribunal de Justicia. Sin embargo, acompañó la otra ley ese mismo día, donde la Legislatura porteña estableció los juicios por jurados. Estos juicios solo se pueden aplicar, según la Constitución, en determinados delitos con penas graves. Y esos delitos no son competencia de la Ciudad, sino competencia de la Nación. Lo que nadie dijo es que la ley 6452, lejos de abreviar un pleito al ciudadano común que tramita un juicio en Tribunales, lo prolonga mucho más, porque le agrega una instancia adicional e innecesaria, aparte de inconstitucional. Esta es la parte que al ciudadano más le afecta.­

"La crítica que va contra el Poder Judicial es aplicable a los demás Poderes del Estado".

-Los jueces nacionales de la Capital Federal son reacios a que se los encuadre o denomine como "jueces de la Ciudad". Sostienen que pertenecen a la Justicia Nacional de Buenos Aires, y dependen del Estado nacional. ¿Tiene alguna relevancia institucional esa denominación?­

-Lo menos relevante es la denominación. Lo que nos preocupa es el avance en el propósito de las distintas autoridades políticas de la Ciudad de traspasar a su ámbito la Justicia Nacional. Téngase presente que el artículo 116 de la Constitución Nacional señala que las Cámaras Nacionales de Apelaciones son tribunales inferiores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, establecidos por el Congreso de la Nación -tal cual lo dispone el inciso 20 del artículo 75 de la Ley Fundamental-. Y que de conformidad con lo dispuesto por su artículo 117, es "la Corte Suprema" quien "ejercerá su jurisdicción por apelación según las reglas y excepciones que prescriba el Congreso". A su vez, y entre otras disposiciones, existe la "ley Cafiero" (24.588). Esa norma - aprobada en 1995- está vigente y determina que "la Justicia Nacional ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires mantendrá su actual jurisdicción y competencia continuando a cargo del Poder Judicial de la Nación". (N. de la R.: La "ley Cafiero", sancionada con acuerdo político y como consecuencia necesaria del diseño institucional dado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la reforma constitucional de 1994, retuvo para la Nación la administración de la Justicia Nacional ordinaria con asiento en la Ciudad, manteniéndola bajo su jurisdicción y competencia. Se le dejaron a la Ciudad, sólo las facultades propias de jurisdicción en materia de vecindad, y dos fueros: Penal, contravencional y de faltas, y el Contencioso administrativo y tributario locales).­

COMPOSICION DE LA CORTE­

-¿Desde su visión como magistrado, qué reflexiones le merece el accionar de la Corte Suprema en su actual composición, lo cual la convirtió en blanco de fuertes críticas por parte del oficialismo?­

-Lo que veo acá es algo que no escapa a la situación global del país. En épocas anteriores era inconcebible imaginar que un Poder del Estado, como lo es el Ejecutivo o Legislativo, llegara a obtener ventajas o beneficios poco democráticos. Estamos viviendo una situación dónde los valores se han ido perdiendo. Tener que fallar sobre un volumen enorme de cuestiones -previsionales, laborales, comerciales e incluso políticas donde se saltan "vallas jurídicas"- genera una cantidad de conflictos que antes era impensable que se trasladaran a la Justicia. Era impensable que un representante de un Poder del Estado, saltara tantas "vallas" para conseguir ventajas que no obtendría de forma jurídicamente adecuada. A esta Corte también se la está mirando cómo trabaja, sin contemplar que le están llevando a tratar cuestiones que antes los justiciables nunca se hubieran animado a plantear. Al máximo tribunal no le queda más remedio que atender los casos que hacen a la realidad del país que le toca vivir. Atender caprichos inconstitucionales hace que todo parezca una confusión muy grande. ¿Por qué no miramos a la gente de otros Poderes del Estado que genera judicialmente problemas mal manejados? Recurren a la Justicia para arreglar los problemas de la política. Pero se queja la política cuando las cosas se solucionan de una manera que a la política no le gusta...­

-Uno de los libros más consultados de Carlos Santiago Nino -filósofo y jurista de notoriedad académica- se titula "Un país al margen de la ley: estudio de la anomia como componente del subdesarrollo argentino". A su criterio ¿qué situaciones podrían encuadrar en la actualidad dentro de esa aguda descripción?­

-Se relaciona con lo que venimos conversando. A pesar de las gestiones oficiosas que hemos realizado, la Legislatura de la Ciudad se atribuye competencias que no le son propias. Es cierto que hay una línea muy delgada para dirimir algunas cuestiones. Tenemos una deuda de más de 24 años, en materia de competencia, después de la reforma constitucional de 1994. Persiste una mora de los poderes políticos, en consensuar inteligentemente las competencias nacionales y de la Ciudad. ¡No lo han podido hacer! Siempre han recurrido a aspectos que vulneran la ley. Y están actuando a sabiendas de que eso está mal.­

JUSTICIA LEGITIMA Y "LAWFARE"­

-¿Qué incidencia tiene en el Poder Judicial la tarea de Justicia Legítima, en su calidad de Asociación o espacio con una mirada cuestionadora respecto de "la forma de trabajo al interior de los poderes judiciales", y cuáles son los alcances del "lawfare" como utilización del Poder Judicial para desprestigiar la carrera política de un opositor, o trabar una política pública?­

-En cuanto a la existencia o no existencia del "lawfare" (etimológicamente, guerra jurídica o guerra judicial), yo recurro a la teoría de la contradicción. O sea, según a quien se afecta, hay "lawfare". Si se afecta a alguien de mi sector, hay "lawfare". Pero si se afecta a una persona distinta, hay que investigar hasta las últimas consecuencias. Entonces no podemos tener ese doble discurso. Esto es lo que yo critico. Y en cuanto a la incidencia o no de "Justicia Legítima", es cierto que es un grupo cuya presencia va creciendo en el Poder Judicial. Veo como un error muy grave que se traslade la política partidaria a la Justicia. Uno puede tener y hacer política judicial, dentro del Poder Judicial. Es lo que hace la Asociación de Magistrados. Defender los principios de la Constitución, la independencia del Poder Judicial, y el respeto por los magistrados. Esa parte de la política judicial la veo bien, pero cuando algún fallo, provenga del sector que provenga, traslada la política partidaria, ahí ya perdimos el norte. Es un error gravísimo. Nosotros tenemos que fallar de acuerdo con la Constitución. No apartarnos de ella. Y darle la razón a quien la tiene, y no dársela a quien no la tiene. Uno cuando debe resolver se encierra individualmente en sus conceptos y decide de acuerdo a la ley. Cuando un fallo está teñido por la intención de favorecer a alguien, o perjudicar a otro, premeditadamente, ya arrastra un efecto negativo, y no es la señal que el Poder Judicial tiene que estar dando.­

"Veo como un error muy grave que se traslade la política partidaria a la Justicia".

"MESA JUDICIAL"­

-¿Qué consideraciones le suscita la existencia de la denominada "mesa judicial" que presuntamente el gobierno de María Eugenia Vidal habría conformado en territorio bonaerense? Se conocieron grabaciones de un encuentro de esa "mesa", en la cual se habló de una "Gestapo" antisindical. Y se involucra, entre otros, al procurador de la provincia de Buenos Aires, Julio Conte Grand.­

-Lo primero es que debe seguir adelante la investigación. Hay un juez del fuero federal de La Plata (Ernesto Kreplak) dedicado a la tarea de esclarecimiento. Nosotros no nos inmiscuimos ni exigimos que nadie lo haga. Respetamos su independencia. Nuestra actitud es mirar la evolución y que se respete la independencia del magistrado. Ignoro si esa información (sobre la "mesa judicial") es verídica y en cuanto no lo es. Volvemos a lo que dijimos antes, y según con qué lupa se mire. Acá, por lo visto, no hay "lawfare". Acá no existe una "causa inventada". Acá hay que seguir investigando. Por eso yo hablo del doble discurso. Si es gente cercana a Justicia Legítima, hay "lawfare". Y si alguien no es integrante de Justicia Legítima, ya es sentenciado antes de comenzar la investigación. Ese es el doble discurso que incrementa la grieta que nos afecta muchísimo a todos. Y es lo que hay que desterrar de una vez por todas en nuestro país.­

"COMISION BERALDI"­

-Mediante el decreto de necesidad y urgencia 635/2020, el Poder Ejecutivo Nacional creó en su momento el Consejo Asesor (Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y Ministerio Público), o "comisión Beraldi", para analizar cambios en la Corte. ¿Cuáles son los aspectos más cuestionables de ese decreto?­

-En la "comisión Beraldi" (en alusión al abogado Alberto Beraldi, defensor de Cristina Fernández de Kirchner y uno de los impulsores del mencionado Consejo Asesor), la reforma no apunta a mejorar el funcionamiento de la Justicia. Más bien busca "domesticar" al Poder Judicial. Meter más gente para lograr mayorías favorables al poder de turno. Es mentira que se busca mejorar el funcionamiento de la Justicia. Si realmente se buscara mejorar el funcionamiento de la Justicia, no se hablaría de una Corte dividida. Eso es ignorar la Constitución, la cual claramente dice que la Corte es una sola. No puedo dividir una Corte en salas. Si la divido en salas, otra vez estoy incurriendo en una inconstitucionalidad.­

-¿Y respecto del tan mentado aumento del número de miembros del alto tribunal?­

-No estoy a favor ni en contra. Ese no es el inconveniente. Hubo Cortes de 5, de 7 y de 9 integrantes. El tema es cuál es el objetivo perseguido. Porque si voy a incrementar el número -cosa que corresponde decidirlo al Poder Ejecutivo y Legislativo-, solamente para lograr las mayorías que el poder de turno persigue, lo que se ignora -y otra vez se pasa por alto el interés del ciudadano- es que un fallo que antes tenía que circular entre cinco ministros de la Corte, se prolonga y se hace más lento. No más fácil. Si vamos a hacer una reforma en serio, lo que hay que establecer muy claramente es la agenda de trabajo en la Corte en forma anual. Cuál es la cantidad de casos que tiene que llegar a la Corte, para que el máximo tribunal genere precedentes en temas relevantes y que puedan ser aplicables a un sinnúmero de otros casos, que tramitan en las instancias inferiores. Pero eso no está en evaluación. Todo pasa por si el número de integrantes se va a incrementar o no, y para justificar que el incremento no va a hacer más lento el trabajo de la Corte, se habla de salas. O sea un error tras otro. Acá lo que hay que hacer es establecer claramente qué temas son los que tiene que tratar la Corte. Por lo demás, cuando crearon la "comisión Beraldi" no se tomaron el trabajo para saber cómo funciona internamente el alto tribunal. Internamente, la Corte, está dividida en Secretarías, por áreas de competencia. O sea que no es que todo "cae en una misma bolsa". Cuando hay un tema que está vinculado al Derecho Laboral, hay una Secretaría dentro de la Corte, que se ocupa de los temas laborales. Otra de las cuestiones civiles, comerciales, penales o previsionales, con lo cual existe toda una organización de Secretarías dividida por materias. Y los ministros se abocan a trabajar con cada Secretaría, según cada especialidad. No es que un tema de Derecho Penal le toca tratarlo a una persona que hace Derecho Privado. En absoluto. Todas esas cuestiones que hacen a la conformación de la Corte, denotan un desconocimiento de cómo está efectivamente integrado el máximo tribunal.­