Claves de la política

Daños colaterales

Por Juan Ruiz

 
El avance en el Congreso del tratamiento del proyecto de ley de la senadora Carolina Losada que propone aumentar el monto de las penas por denuncias falsas desató una oleada en las redes y medios de furiosas reacciones de sectores comprometidos con postulados feministas que incluso han llegado a radicar denuncias penales de dudoso fundamento contra la legisladora.
El dato debería estremecer a cualquier persona que profese principios básicos del sistema democrático adoptado por la Constitución Nacional. No se denunció penalmente a alguien por encubrir agresores, por justificar la violencia o por negar derechos. Se denunció a una legisladora por proponer que el Estado sancione con mayor severidad a quienes utilizan el aparato judicial para destruir inocentes mediante una mentira deliberada. Es decir: se cancela el debate mismo criminalizándolo.
Resulta obvio que tan desmedida como violenta reacción busca amedrentar a los impulsores de la iniciativa y quienes la acompañen, porque en un claro ejercicio de reduccionismo conceptual consideran que toda discusión sobre el tema constituye una amenaza contra la lucha legítima de las mujeres víctimas de violencia.
Pero lo más preocupante de ese clima de intolerancia que tal línea de pensamiento ha creado en la sociedad no es la intencionalidad de imponer a toda costa la supremacía de una legislación que, como se ha dicho en una nota anterior “Un sistema protectorio desvirtuado” establece mecanismos que teniendo loables fines se prestan sin embargo a la comisión de notorias injusticias arrasando principios jurídicos milenarios.
Lo más inquietante es que esa posición conceptual parte de una premisa tácita tan dañina como capciosa, a saber, que los daños sufridos por las víctimas de falsas acusaciones constituyen un costo aceptable del sistema, y para abonar dicha tesis revolean estadísticas que dan cuenta de la supuesta insignificancia de la ruina social de personas que constituyen apenas un daño colateral inevitable de los mecanismos protectorios establecidos por las normas vigentes.
Pero el problema no es estadístico. Nunca lo fue.
El problema es que el fundamento esencial del derecho moderno consiste precisamente en evitar la condena de inocentes, aun cuando ello implique mayores dificultades para castigar culpables. Esa idea atraviesa siglos de civilización jurídica: la presunción de inocencia, el debido proceso, la carga de la prueba y las garantías constitucionales existen porque el poder punitivo del Estado puede destruir vidas irreversiblemente. Una falsa acusación no es un “efecto secundario”; es una tragedia institucional
Víctimas secundarias cuyo padecimiento no merece demasiada atención frente a un objetivo considerado superior. Bajo esa mirada, el inocente acusado, detenido, escrachado, separado de sus hijos, expulsado de su trabajo o condenado socialmente antes de cualquier juicio, pasa a ser una cifra incómoda que conviene minimizar y de ahí que los opositores al proyecto de Losada agiten estadísticas que no reflejan completamente la realidad porque la ligereza en el tratamiento de los casos por parte de las autoridades impide saber el número real que puede ser mas alto.
 
DEFENSA AUTOMATICA
Este criterio inevitablemente trae resabios inversos de aquella frase de Stalin respecto de la matanza de kulaks, diciendo que “una muerte es una tragedia pero miles de muertes son estadísticas”
Así, quienes menosprecian el problema suelen recurrir a una defensa automática: “las denuncias falsas son mínimas”. Aun suponiendo que así fuera, la pregunta sigue intacta: ¿desde cuándo la inocencia de una persona perdió valor porque el número de víctimas no es suficientemente grande? ¿Cuál es el umbral aceptable de destrucción de vidas inocentes para que el Estado considere digno protegerlas?
Porque detrás de cada falsa denuncia hay personas concretas reducidas al status de “daños colaterales”. Padres apartados de sus hijos durante años. Trabajadores despedidos por protocolos automáticos. Ciudadanos convertidos en culpables sociales sin sentencia. Familias devastadas. Personas absueltas después de haber perdido reputación, patrimonio y salud mental. El archivo posterior de la causa nunca repara completamente el daño. En muchos casos, la absolución llega demasiado tarde.
Nada de esto implica negar la existencia real de la violencia contra la mujer, ni mucho menos relativizarla. Las víctimas verdaderas necesitan un Estado eficiente, sensible y activo. Pero precisamente por eso las denuncias falsas deben ser perseguidas con firmeza: porque degradan la credibilidad del sistema, contaminan las investigaciones y erosionan la confianza social en las denuncias legítimas.
La justicia no puede funcionar sobre la base de dogmas ideológicos sesgados. Mucho menos sobre la brutal idea de que ciertos inocentes son sacrificables. Cuando una sociedad empieza a aceptar que hay personas cuyos derechos pueden destruirse “por las dudas”, deja de administrar justicia para empezar a administrar prejuicios.
 
EN SINTESIS
La denuncia contra una senadora por presentar un proyecto de ley revela algo más profundo que una diferencia política. Expone la existencia de sectores que consideran inadmisible siquiera discutir los abusos posibles dentro de determinados regímenes de protección. Como si reconocer la posibilidad de una mentira debilitara automáticamente la causa de las víctimas reales. Y ocurre exactamente lo contrario: un sistema que sanciona el fraude fortalece la legitimidad de quien denuncia de buena fe.
La democracia necesita debates libres, no amenazas penales contra quienes legislan. Y el Estado de Derecho exige recordar un principio elemental que nunca debería perder vigencia: ninguna causa, por noble que sea justifica la destrucción deliberada de inocentes.