A pedido de Caputo, se ajustaron costos que impactan en las tarifas de luz y gas de agosto

La Secretaría de Energía ajustó una serie de parámetros en el sector energético a pedido del ministro de Economía, Luis Caputo, que impactarán en el aumento final de las tarifas de luz y gas que dará a conocer el ente regulador.

La actualización dispuesta para algunos costos que tiene injerencia en el precio final de las facturas energéticas se comunicó mediante una serie de resoluciones del área que conduce María Tettamanti publicadas en el Boletín Oficial.

El avance en esta dirección fue solicitado por Caputo mediante una carta en la que instruyó a Energía a “continuar para el mes de agosto de 2025 con el sendero de actualización de precios y tarifas del sector energético, en un contexto de notoria desaceleración inflacionaria verificada a la fecha, y con el objetivo de mantener dichos precios y tarifas en valores reales lo más constantes posibles”.

En esa línea, destacó que “la política económica llevada adelante por el Poder Ejecutivo Nacional importa consolidar el proceso de desinflación verificado a la fecha, sin desconocer la imperiosa necesidad de sincerar los reales costos de los servicios públicos energéticos, y de evitar así un proceso de deterioro de los mismos que no permitan el sustento del sector y hasta amenacen su continuidad”.

En este marco, el Ministerio de Economía estableció que el recargo para financiar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, será equivalente al 6,60% sobre el precio de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico de 9.300 kcal que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional y determinó que el mismo porcentaje de recargo será aplicable a los volúmenes involucrados en el autoconsumo.

En este sentido, el citado Ministerio instruyó a la secretaría energética “aplicar al precio de gas natural en el PIST vigente según la Resolución N° 282/25 una reducción del 4,04%; y luego, aplicar lo dispuesto en el Artículo 5º de la Resolución N° 41/24”.

Con relación a las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de gas natural, se indicó en la citada nota que “las mismas deberán ser incrementadas conforme a los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS)”.

Por otro lado, se dispuso que la remuneración correspondiente a la generación de energía eléctrica no contractualizada deberá ajustarse en un 0,4%, “con vigencia a partir de las transacciones económicas correspondientes al mes de agosto de 2025”.

Asimismo, se estipuló adecuar, entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de 2025, los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) junto con los valores correspondientes al Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, para cada agente distribuidor del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).