¿Quién incumple la ley?

POR GUSTAVO CARLOS LIENDO

Con motivo del dictado el DNU 241/2021, hubo reacciones que convocaron a la rebelión civil y, ante ello, el presidente Fernández declaró: "A mí la rebelión, no eh, a mí la rebelión, no. En el Estado de Derecho las leyes se cumplen”, pero ¿quién incumple la ley? Veamos.

Con este nuevo DNU, el Presidente se inmiscuyó en cuestiones que están expresamente reservadas a las autoridades de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para ser claro, la Constitución Nacional prohíbe esta injerencia del gobierno federal sobre las atribuciones reservadas a cada provincia, salvo que se disponga la intervención federal prevista en el Art. 6 de nuestra carta magna, el cual dice: “El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia.”, es decir, que la única forma que autoriza nuestra Constitución Nacional para que el gobierno federal ejerza facultades reservadas a cada una de las autoridades provinciales, incluida Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde la reforma de 1994, es bajo el mecanismo de la intervención federal, pero eso no sucedió en este asunto.

Aclaro que nuestra historia constitucional registra más de 175 intervenciones a provincias entre 1853 y 2021, y la gran mayoría de ellas fueron dispuestas por el Poder Ejecutivo sin intervención del Poder Legislativo, lo cual deja en claro que no es un mecanismo desconocido para nuestro país, aunque, afortunadamente, esa práctica ha entrado en desuso, pero también debemos tener presente que, sin intervención federal, cada gobierno provincial y el de la ciudad de Buenos Aires mantienen sus atribuciones en forma exclusiva, esto significa que son las únicas autoridades que tienen la facultad de autorizar, en sus respectivas jurisdicciones, las habilitaciones y disponer el funcionamiento de los locales comerciales, educativos, recreativos, de circulación, etc., y el gobierno federal no puede participar en esas cuestiones.

Por lo explicado, sin intervención federal, el presidente Alberto Fernández no tiene atribuciones para disponer sobre materias propias de cada gobierno provincial y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mucho menos, disponer que fuerzas federales de seguridad y defensa concurran a esos territorios para controlarlas.

Adicionalmente, el DNU desconoce el libre ejercicio de derechos, como son el de enseñar y aprender, trabajar, comerciar, ingresar, permanecer, transitar y salir libremente del territorio nacional, la igualdad ante la ley, la inviolabilidad al derecho de propiedad, el debido proceso, etc., y lo hace sin haber declarado el estado de sitio, que es el único medio que la Constitución Nacional ha previsto para que queden en suspenso las garantías constitucionales, tornándolo de ese modo como insustancial, porque sin la previa o simultánea declaración del estado de sitio, todos los habitantes mantenemos el pleno y libre ejercicio de todos los derechos que nos garantiza la Constitución Nacional y el presidente Fernández no tiene atribución para ignorarlos.

Finalmente, nuestra Constitución Nacional en su art. 36 dispone: “(…) Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles, y (…) Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo.”

En síntesis, tenemos, por un lado, un presidente que ejerce atribuciones que no tiene, salvo en caso de intervención federal, que no está dispuesta, e ignora --sin haber declarado el estado de sitio- derechos a todos los habitantes del AMBA que expresamente les reconoce la Constitución Nacional, y, por otro lado, surgen ciudadanos que pretenden resistir esas medidas por entenderlas contrarias a la Constitución ¿Quién incumple la ley?