La Afip fija en 2,5 % mensual la tasa para quienes adhieran al plan de facilidades de pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció en 2,5% la tasa fija preferencial de interés mensual de financiamiento para quienes adhieran durante junio próximo al régimen de facilidades de pago establecido por el organismo recaudador.

Lo hizo a través de la resolución general 4479/2019, publicada en el Boletín Oficial, que precisó que “será condición excluyente para gozar de esta tasa preferencial que la declaración jurada determinativa, originaria o rectificativa, del impuesto a regularizar sea presentada hasta el 31 de mayo próximo”.

El plan lanzado en 2017 alcanza a los contribuyentes y responsables de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, siempre que se encuentren incluidos en las Categorías A, B, C o D del “Sistema de Perfil de Riesgo (Siper)”.

Estos podrán solicitar la cancelación del saldo de impuesto resultante de la declaración jurada y, en su caso, los intereses resarcitorios y las multas que pudieran corresponder.

La nueva resolución se tomó a efectos de regularizar el saldo resultante de las declaraciones juradas anuales, originarias o rectificativas, del período fiscal 2018 de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.