El período parlamentario especial se extenderá del 1° al 28 de febrero, según plantea el decreto 137, publicado en el Boletín Oficial

El Gobierno convocó a extraordinarias y envió al Senado el proyecto para la creación de la AFI

La propuesta prevé que la Agencia Federal de Inteligencia sea "el organismo superior del sistema de Inteligencia nacional". De acuerdo a lo apuntado, será conducida por un director general, designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

El Gobierno convocó hoy a sesiones extraordinarias en el Congreso y envió al Senado el proyecto de disolución de la Secretaría de Inteligencia y la creación, en su reemplazo, de una Agencia Federal de Inteligencia.

El período parlamentario extraordinario se extenderá del 1° al 28 de febrero, según se estipula en el decreto 137, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fernández y el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich.

En el temario propuesto por el Poder Ejecutivo sobresale el proyecto de creación de la Agencia Federal de Inteligencia, anunciado por la jefa de Estado el lunes pasado por cadena nacional tras la muerte del fiscal federal Alberto Nisman. 

La propuesta prevé la disolución de la Secretaría de Inteligencia y la creación de la Agencia Federal de Inteligencia, que "será el organismo superior del sistema de Inteligencia nacional".

De acuerdo a lo apuntado, su misión será la tarea de Inteligencia "en defensa de la Nación" ante amenazas de "terrorismo, narcotráfico trata de personas y ciberdelitos", entre otros temas.

Será conducida por un director general que tendrá rango de ministro y que será designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

Tanto el director de la AFI, como el subdirector, podrán ser relevados por disposición del Poder Ejecutivo.

Tras la muerte de Nisman, quien fue hallado muerto en su departamento del barrio porteño de Puerto Madero tras denunciar a la Presidenta y al canciller Héctor Timerman por "encubrimiento" a Irán en la causa AMIA, la Casa Rosada puso el ojo sobre ex espías de la SIDE desplazados por el Gobierno.

Además de la reforma en el área de Inteligencia, en el temario a tratar en extraordinarias figuran "Acuerdos para designaciones y promociones" y "Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales".

PRINCIPALES PUNTOS

El proyecto de creación de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) consta de 28 artículos y establece que el organismo será conducido por un director y un vicedirector. Sin embargo, la propuesta no establece el período del mandato de ambos funcionarios y otorga al Poder Ejecutivo el poder para removerlos.

A continuación, los principales puntos del proyecto presentado hoy en el Senado: 

- El proyecto define "inteligencia nacional a la actividad consistente en la obtención, reunión sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, riesgos, y conflictos que afectan la seguridad de la Nación y sus habitantes para la prevención de amenazas internacionales provenientes del terrorismo, narcotráfico, trata de armas, trata de personas, ciberdelitos contra el orden económico y financiero, como así también toda otra forma de criminalidad organizada transnacional".

- Las tareas de inteligencia interior quedarán limitadas a la investigación de delitos complejos, inteligencia criminal compleja o atentados contra el orden institucional y el sistema democrático.

- Las actividades de inteligencia deberán ser informadas a las autoridades máximas y, en caso urgencia, los agentes tendrán un plazo de 72 horas para comunicar a los responsables del organismo. Aclara que la obediencia debida no podrá ser alegada como "eximente de responsabilidades".

- La Agencia Federal de Inteligencia (AFI) será el organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional.

- Será conducida por un director general que tendrá rango de ministro y que será designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

- También tendrá un subdirector general que tendrá rango de secretario de Estado.

- El cese de ambos funcionarios podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo nacional.

- La AFI deberá quedar constituida en el plazo de 90 días.

- Se transfiere a la órbita de la AFI el personal, bienes, activos y patrimonio de la Secretaría de Inteligencia, como así también la competencia y el personal de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, dependiente del Ministerio de Seguridad.

- La relación de la AFI con otros organismos del Estado o funcionarios sólo podrá ser ejercidas por el director, subdirector o la persona designadas por las autoridades.

- La desclasificación de información, documentos o material no podrá ser inferior a los 25 años a partir del momento que se dispuso su clasificación.

- Se establece un Banco de protección de datos y archivos de Inteligencia, que estará a cargo de "un funcionario responsable de garantizar las condiciones y procedimientos de recolección y almacenamiento".

- La Dirección de Observaciones Judiciales será transferida al Ministerio Público Fiscal y será el único órgano del estado autorizado para realizar "las interceptaciones o captaciones" dispuestas por orden judicial.

- Se establecen penas de 3 a 10 años a aquellos agentes que transfieran, capten o intercepten "indebidamente" información derivada de las tareas de Inteligencia.