Junto al GEN, Mariotto prepara una ley de Etica bonaerense

El vicegobernador bonaerense recibió hoy al titular de la bancada del partido de Margarita Stolbizer y creador de la iniciativa, Ricardo Vázquez. La propuesta pretende que todos los funcionarios provinciales presenten una declaración patrimonial desde la asunción en el cargo.

La Plata - El vicegobernador bonaerense, Gabriel Mariotto, informó que impulsará una ley de Etica Pública provincial que contemplará, entre otras problemáticas, la obligación a presentar una declaración jurada de bienes a funcionarios de los tres poderes del Estado.

La iniciativa, que es del GEN, busca adecuar al ámbito de la administración bonaerense lo que rige en la Nación, que desde 1999 todos los funcionarios deben rendir cuentas sobre sus patrimonios e ingresos una vez al año.
"Buscamos que haya más transparencia porque eso nos da más institucionalidad y nos permite atacar los distintos nichos de corrupción", explicó Mariotto.

El vicegobernador recibió hoy en su despacho al creador de la iniciativa, el titular de la bancada del GEN, Ricardo Vázquez; y su par del peronismo Cristina Fioramonti.

"Lo íbamos a impulsar desde el bloque y nos dimos cuenta de que ya estaba presentado por el senador Vázquez del GEN, un espacio político distante del nuestro, pero con el que compartimos un ideal", explicó Mariotto.

El proyecto del GEN tiene estado parlamentario desde marzo de 2011 y se encuentra desde ese entonces en la Comisión de Trabajo y Legislación Social.

La propuesta establece que todos los funcionarios o agentes de los tres poderes del Estado provincial y municipal con categoría o función no inferior a la de director o equivalente presenten una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción en el cargo.

Y que la misma deberá ser actualizada una vez al año (actualmente rige el Decreto-Ley Nº 9624/80 que las estipula cada 5 años) para que se vuelva a presentar con las modificaciones que se hayan producido en los 30 días hábiles posteriores a la cesación en el cargo.

El texto de la ley dispone incompatibilidades con la función pública para quienes "dirijan, administren, representen, patrocinen, asesoren o, de cualquier otra forma, presten servicios a quien gestione, tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste".