La Cámara laboral rechazó el reclamo de un trabajador que fue despedido con causa, es decir sin indemnización

Llamar "estafador y explotador" a un jefe es causal de despido

Según el telegrama de despido, el trabajador ofuscado “procedió a alterar el establecimiento negándose injustificadamente a cumplir con sus tareas en el depósito e incitando a sus compañeros a imitarlo en su accionar creando un clima de alboroto y alterando la disciplina del establecimiento”.

La Cámara laboral rechazó el reclamo de un trabajador que fue despedido “con causa” (sin derecho a indemnización) cuando, preso de un rapto de furia, denunció a los gritos que sus jefes eran “estafadores” y “explotadores”, además de insultarlos con gruesos epítetos.

La Sala Quinta de la Cámara, con las firmas de los jueces Oscar Zas y María García Margalejo, confirmó así el despido dispuesto por la Droguería Progen contra uno de sus empleados, a raíz de los hechos ocurridos el 16 de noviembre de 2006.

Ese día, según el telegrama de despido, el trabajador ofuscado “procedió a alterar el establecimiento negándose injustificadamente a cumplir con sus tareas en el depósito e incitando a sus compañeros a imitarlo en su accionar creando un clima de alboroto y alterando la disciplina del establecimiento”.

Los testigos que declararon en la causa explicaron mejor lo ocurrido: el empleado “fue al call center gritando e insultando a la empresa y a su jefe directo, quejándose de la explotación, que fueron insultos muy fuertes diciendo que en la empresa lo explotaban, que era una empresa de m… y también inquiriendo a los telemarketer diciendo que no se dejan explotar”.

El exaltado trabajador se refería a uno de sus jefes como “h… de p…, cagador” y arengaba a sus compañeros: "Cómo pueden seguir acá?”.

Los camaristas consideraron que el empleado “se negó, de hecho, a cumplir sus tareas, ya que no prestó servicios durante un importante lapso durante el cual, además, agredió verbalmente a compañeros y superiores.

“La referida actitud del actor constituyó un grave incumplimiento contractual que, unido a la escasa antigüedad de aquél, justificó la decisión rescisoria adoptada por la demandada”, resumió el fallo.

Los jueces también descartaron el horario laboral de 11 horas denunciado por el despedido y ´que la empresa redujo a sólo cinco al contestar la demanda.