Se hizo lugar a la medida cautelar planteada por el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino Mondino

Ordena la Justicia no cortar la luz a los usuarios que no paguen las boletas con aumento

Mondino, aseguró que el Gobierno insistió en "obstinarse" con estos aumentos y tuvo que ser la Justicia la que los frenara hasta se resolver si corresponden o no.

La Justicia ordenó que las empresas distribuidoras de energía eléctrica no corten el suministro a  los usuarios que no paguen las facturas de luz con el aumento ordenado por el Gobierno.

El fallo lo firmó la jueza subrogante Cecilia Gilardi de Negre, la misma que había desconocido la legitimidad de la Defensoría para reclamar en nombre de los consumidores afectados y cuyo fallo fue revocado por sus superiores de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

Al conocer el fallo, el defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, aseguró que el Gobierno insistió en "obstinarse" con estos aumentos y tuvo que ser la Justicia la que los frenara hasta se resolver si corresponden o no.

Es que la jueza De Negre ordenó impedir los cortes de luz ante eventuales tarifas impagas y envió la notificación al Ministerio de Planificación y al Ente Nacional Regulador de Electricidad, órgano al que le impuso "la carga de comunicar en forma fehaciente a las tres empresas distribuidoras" EDENOR, EDESUR y EDELAP.

"Ahora ni EDESUR, ni EDENOR ni EDELAP pueden cortar la luz a los que no paguen hasta que no se resuelva la cuestión de fondo", dijo Mondino tras conocer el fallo.

Mondino celebró el fallo al señalar que "rico o pobre, el ciudadano merece que se respeten sus derechos" y aseguró que "esta es la primera vez que se tipifica al rico o pobre según si consumen más o menos kilowatts de luz".

"No solo es un absurdo: es ridículo -dijo el defensor-. Cuando se dicta una norma y se ve que es perjudicial, se tiene que modificar y no ser un obstinado, pero estamos ante un exceso de obstinación. Este Poder Ejecutivo se equivoca y en lugar de corregirlo insiste".

Hace diez días, el Estado Nacional dispuso los aumentos en las tarifas eléctricas que, en algunos casos habrían llegado a más del mil por ciento, según denunció la Defensoría en la Justicia.

La Defensoría impugnó las resoluciones 1169/08 y 745/05 de la Secretaría de Energía, y sus modificatorias Nº 797/08, Nº1170/08, y las Nº 628/08 y Nº 654/08 dictadas por el ENRE (Ente Nacional Regulador de Electricidad)", tras entender que esas normas generan "facturaciones que contienen valores irrazonables desde el punto de vista económico".

Pero la jueza Cecilia Gilardi rechazó el amparo al desconocer la legitimidad del Ombudsman para plantear una acción colectiva porque sólo afectaba a una parte de ellos, pero la Cámara en lo Contencioso reconoció la autoridad de la Defensoría.

Así las cosas, hoy, la jueza admitió "la trascendencia innegable de la cuestión debatida, como es la fijación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos" y avaló que existe "un daño imposible o dificultosa reparación" si no se frenara ahora la medida, hasta estudiar la cuestión.

Ese peligro está dado frente a que "la falta de pago del suministro de energía eléctrica a usuarios finales será sancionada con la interrupción y la desconexión de dicho suministro".

Como pruebas, la jueza tuvo en cuenta que gran cantidad de facturas de usuarios afectados, "acrecentado en atención a la cuantía de los importes de las facturas" y "la importancia que el servicio de suministro eléctrico tiene en la actualidad para los usuarios residenciales".

Frente a ello, el fallo ordenó "a las empresas distribuidoras EDENOR, EDESUR y EDELAP se abstengan de efectuar cortes en el suministro de energía eléctrica motivado en la falta de pago de las facturas emitidas en base a las resoluciones discutidas en este pleito hasta tanto recaiga sentencia definitiva en la presente causa".