Un grupo de casi 200 profesionales -entre ellos, médicos, epidemiólogos, sociólogos, biólogos, psicólogos y comunicadores- redactaron una urgente misiva dirigida a legisladores nacionales en la que solicitan que se rechace la prórroga de la “emergencia sanitaria” por considerar que no existe tal “emergencia” y ante el temor de que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) draconiano contribuya a perpetuar las innumerables irregularidades de las que fuimos testigos durante los últimos tres años bajo el pretexto del covid. Se reproduce a continuación la carta completa y el listado de los firmantes:
Buenos Aires, 6 de enero de 2023
1- Comisión de Salud de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación
Señores Senadores Nacionales
2- Comisión de Salud de la HC de Diputados de la Nación
Señores Diputados Nacionales
Nos dirigimos a Uds. con la urgente necesidad de V. intervención para limitar los excesos y desaciertos del PEN en la suplantación de funciones que la CN asigna a ese Cuerpo.
En este caso, se trata del DECNU-2022-863-APN-PTE – Ampliación, que prorroga la denominada Emergencia Sanitaria, y que a nuestro entender debería ser rechazado en toda su extensión por el HCN.
Instamos entonces, con nuestra mayor expectativa, que el Poder Legislativo recupere en su mayor medida el dictado de las leyes, en cumplimiento de la división republicana de poderes abrogada por el PEN.
El DNU de marras es un precedente necesario para que el PEN instrumente medidas como las que ya ha impuesto a la población, de las cuales no ha habido antecedentes ni respaldo científico en la historia de la medicina.
El daño provocado por estás políticas públicas, en un marco autoritario si no totalitario, es inconmensurable en lo social, sanitario, económico, cultural, moral, psicológico e institucional, y supera con creces al provocado por la pandemia invocada.
Tal daño no habría sido posible sin la connivencia de los medios masivos de comunicación, los demás poderes del Gobierno y el inexplicable y vergonzoso respaldo de las sociedades científicas. Solamente podemos rescatar la reacción, entre los poderes establecidos por la CN, de uno de los órganos de control, la Auditoría General de la Nación, que en sus Informes ha denunciado irregularidades flagrantes del PEN en la gestión contra la pandemia.
No es posible soslayar las implicancias de que el PEN haya acudido nuevamente a un DNU para sancionar la Emergencia sanitaria. No podemos dejar de recordar que fue el dictador Juan Carlos Onganía quien instaló esta norma en reemplazo de las leyes, disimulando su nomenclatura de Decreto con los adjetivos de Necesidad y Urgencia.
Aunque el DNU fue luego incorporado en la Constitución Nacional de 1994, solamente se justifica en “circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes” (CN, art. 99, inc. 3).
Como la primera declaración de Emergencia sanitaria data del DNU 486/2002, y luego se prorrogó anualmente hasta la fecha, cabe señalar la ruptura permanente de la norma por parte del PEN, avalada por el Poder Legislativo, que no sólo no declara la Emergencia, sino que avala los DNU con el acuerdo de su Comisión Intercameral formada al efecto con miembros del oficialismo y oposición.
El parangón con la conducta dictatorial es inevitable, con la diferencia de que el PEN no está solo en esta anticonstitucionalidad.
Lo que hace más inconsistente el DNU, motivo de la presente, es la ausencia de tal emergencia, como ya viniera ocurriendo en la amplia mayoría de los años correspondientes a estas dos décadas desde su primer dictado.
Algo también notable en su contenido es, que desde el primer DNU se lo denomina de Emergencia sanitaria, cuando en realidad su articulado no repara en la salud ni en cómo atenderla, sino en el manejo de recursos a través de transferencias de Partidas Presupuestarias. Queda así, a la vista que, en realidad, la emergencia es del sistema. Algo que no debería llamar la atención, si consideramos que la declinación del sistema y de indicadores de salud de la población en relación con la Región, lleva siete décadas bajo responsabilidad de gobiernos de distintos signos, con notable predominio de partidos en continuidad con el del gobierno actual.
Al amparo de tantos hechos cuestionables, nos permitimos recurrir nuevamente al Poder Legislativo Nacional, sustentados en el temor que nos provoca este DNU draconiano, luego de haber sido testigos de innumerables irregularidades que vale recordar:
• Asesoramiento presidencial por un Comité de Expertos atravesado por visibles y graves conflictos de intereses respecto de la industria, sin especialistas independientes y calificados en cuestiones básicas de la Epidemiología, Inmunología, Genética y Ciencias sociales, entre otras
• Denigración de la medicina, coaccionada y acallada por una terrible censura y represalia a cualquier postura disidente.
• Implementación de medidas que en nada respondían a un saber científico válido.
• Uso de tapabocas, del cual las mismas autoridades sanitarias se habían expedido anteriormente como perjudicial, salvo en circunstancias específicas y muy limitadas
• Distanciamiento “social”, más allá de lo razonable para cualquier afección que se supusiera contagiosa, y con un nombre que revela la intención de desmovilización social, dado que, con propiedad, debió llamarse distanciamiento “físico
• Aislamiento de sanos, con evidencia plena de su atentado a la inmunidad natural, y de su provocación de graves males en importantes dimensiones de la vida cotidiana
• Creación de la figura del "enfermo asintomático", en reemplazo de la condición científicamente reconocida de “portador sano”
• Universalización del test PCR-RT, reconocido por el mismo Ministerio de Salud como inválido para determinar Covid 19, pese a lo cual justificaron entonces, fraudulentamente, las medidas sanitarias, incluyendo el plan de vacunación
• Transferencia económica desde el sector público al privado mediante:
o Resolución SSS 326/2020 de la Superintendencia de Servicios de Salud, brindando estímulos monetarios con fondos públicos a instituciones privadas que registraran enfermos y muertos como producto del Covid 19, algo inédito en la historia de la medicina
o Reducción de atención en hospitales públicos a enfermos con Covid 19 y emergencias médicas
• Pagos a hospitales públicos para registrar Covid 19 (Resolución SSS 326/2020), provocando un conflicto de intereses para la percepción de fondos por parte de hospitales empobrecidos crónicamente por el mismo Estado financiador
• Prohibición de tratamientos que han demostrado eficacia en todo el mundo, como la ivermectina e hidroxicloroquina, entre otros.
• Sometimiento de toda la población a un experimento con vacunas autorizadas en función de una emergencia, algo que debiera proscribirse en razón de la desconocida relación riesgo-beneficio, y de la existencia de tratamientos probados y eficaces
• Contradicciones entre Presidencia y Ministerio de Salud, en cuanto al carácter de la inoculación
• Exención del Ministerio de Salud mediante una Decisión Administrativa del cumplimiento del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado, respecto de los Decretos 436/2000 y 1023/2001, que son normas jerárquicamente superiores
• Numerosas y gravísimas irregularidades auditadas por la AGN en compras de insumos y en contrataciones para hacer supuestamente frente a la llamada pandemia (Cf. Informes independientes de la AGN)
• Desconocimiento por parte del Ministerio de salud (dicho públicamente en la Audiencia Informativa de Mar del Plata, Juzgado Federal nº 4), de las estadísticas mundiales (VAERS, EUROMOMO) de efectos adversos que incluyen muertes por el inóculo
• Imposición de pases sanitarios atados al cumplimiento de la inoculación para ejercer los derechos más elementales vertidos en nuestra Constitución Nacional
• Atropello de la Constitución Nacional y de las Constituciones Provinciales, y por tanto de Tratados internacionales, llevando a un retroceso de más de 100 años en el respecto de Derechos humanos de primera generación (libertades respecto de la esclavitud), y afectando, de suyo, a los de segunda (socioeconómicos, respecto de la explotación) y de tercera generación (culturales, respecto del autonomía)
La respuesta de Uds. como representantes, fue hasta ahora el silencio o el aval de estas medidas, que rememoran al terrorismo de Estado, dado el pánico innecesariamente creado y las manipulaciones, consecuencias evitables y hasta asesinatos en nombre de un problema cuya extensión y gravedad se exageró hasta el hartazgo y el ridículo.
Por tanto, formando parte de una ciudadanía consciente de todo este accionar y de su objetivo, (sometimiento, despoblación y otras perversiones), no encontramos otra salida que peticionarles el rechazo del DNU de referencia, o, por el contrario, asuman el desafío a la sociedad soberana que podrá adoptar la desobediencia civil en legítima y última defensa, frente al insólito avasallamiento de su dignidad por parte de quienes se consagraron para preservarla.
A estos fines, requerimos de Uds. una urgente respuesta acorde a la Ley 27.275 de Información Pública, reservando derechos para las actuaciones correspondientes en caso de no ejercer la Misión y las Funciones que constitucionalmente les competen.
Dejamos constancia de que la presente es una extensión de la ya enviada el 31-12-2022.
Saludamos a Uds. muy atentamente.