El presidente Javier Milei respaldó a la provincia de Mendoza en su disputa con La Pampa y pasará a cobrar la totalidad de las regalías hidroeléctricas de la represa Los Nihuiles, ubicada sobre el Río Atuel.
La medida también busca ordenar el marco jurídico para la licitación del complejo.
El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto acusó a Milei de “robarle” un río a la provincia y anticipó nuevas acciones judiciales.
Por su parte, el mandatario de Mendoza, Alfredo Cornejo, celebró la decisión del primer mandatario por considerar que la medida reivindica un reclamo que lleva 50 años.
El jefe de Estado derogó el Decreto 1560/73, dictado el 26 de febrero de 1973 por el entonces gobierno militar y formalizó la decisión en el Decreto 982/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial
El decreto 1560/73 había sido dictado para resolver una petición de La Pampa, que reclamaba participación en las regalías generadas por el aprovechamiento del Río Atuel.
En 1992, un Acuerdo Interjurisdiccional entre la Nación, Mendoza y La Pampa —homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación— reconoció la obligación de pagar las regalías a La Pampa “sin perjuicio de lo que pudieren establecer en un futuro normas jurídicas o fallos judiciales”.
Desde entonces, Mendoza reclamó la revocación del decreto de 1973 y la asignación del 100% de las regalías a su favor.
El Decreto 982/2026 señala que la derogación del 1560/73 responde a dos razones concurrentes: los fallos de la Corte Suprema de 2003 y 2009 (Fallos 326:3521 y 332:212), que convalidaron el criterio del Decreto 141/95 —que asocia el derecho a regalías a la ubicación de la fuente hidroeléctrica, no a la trayectoria del río—; y la convocatoria al proceso licitatorio del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles dispuesta por el Decreto 667/2026, que hizo urgente unificar el marco regulatorio antes del otorgamiento de la nueva concesión.
La Procuración del Tesoro de la Nación avaló la medida en dos oportunidades, señalando que “el Decreto N° 1560/73 debía ser sustituido y que el porcentaje al que alude el artículo 43 de la Ley N° 15.336 y sus modificaciones, en el caso del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles, debía liquidarse, en lo sucesivo, íntegramente a la Provincia de Mendoza.”
El decreto rechaza formalmente el recurso de reconsideración que Mendoza había interpuesto contra el Decreto 1560/73, pero al mismo tiempo lo deja sin efecto a partir de hoy. La decisión tiene impacto en la distribución del 12% de las regalías que el artículo 43 de la Ley 15.336 establece sobre el importe de la energía vendida, que hasta hoy se repartía en partes iguales entre ambas provincias. La causa judicial “Mendoza, Provincia de c/ Estado Nacional” (CSJ 140/2022) tramitada ante la Corte Suprema continúa en sus efectos pasados.