Opinión
Claves de la política

La conservación de los océanos

Por Carlos Lionel Traboulsi *

La ratificación del Acuerdo BBNJ (Acuerdo sobre la Conservación y el Uso Sustentable de la Diversidad Biológica más allá de las Jurisdicciones Nacionales), podría tener aspectos negativos para Argentina, especialmente en relación con la soberanía y el control sobre los recursos naturales en áreas más allá de las jurisdicciones nacionales, sumado al problema de la interpretación del mismo desde la visión del derecho anglosajón que difiere del derecho continental abrazado por nuestro país.
Algunos de los posibles aspectos negativos son:
* Limitaciones a la soberanía: El acuerdo podría implicar ciertas limitaciones a la soberanía de Argentina sobre sus recursos naturales en áreas más allá de las jurisdicciones nacionales, afectando nuestros derechos soberanos sobre las islas Malvinas, Georgias, Sandwich del Sur y espacios marinos circundantes en violación a la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional. * Impacto en la actividad pesquera: La regulación de los recursos genéticos marinos podría afectar la actividad pesquera en áreas adyacentes a la jurisdicción nacional. Se desconoce los alcances en espacios declarados de patrimonio de la humanidad y genética con fines militares.
* Creación de áreas marinas protegidas: El acuerdo permitiría crear áreas marinas protegidas en aguas internacionales, lo que podría restringir ciertas actividades económicas en esas áreas, teniendo Argentina su propia ley de AMP con amplia experiencia en ello.
* Evaluaciones de impacto ambiental: Las evaluaciones de impacto ambiental podrían requerir recursos y capacidades adicionales para implementar y cumplir con los requisitos del acuerdo. Independientemente que la Argentina cuenta con profesionales y organismos especializados que permiten que las aguas bajo nuestra jurisdicción sean consideradas de las más prístinas del planeta; sus fondos oceánicos cuasi vírgenes y una biodiversidad casi única, razón por la que no es necesario ninguna gobernanza extranjera al respecto. * Transferencia de tecnología: La obligación de transferir tecnología marina podría implicar costos y desafíos para Argentina.
* Falta de claridad en la aplicación: La aplicación del acuerdo en áreas específicas, como la pesca, podría generar incertidumbre y conflictos.

VENTAJAS POTENCIALES DEL ACUERDO
* Conservación de la biodiversidad
: El acuerdo podría contribuir a la conservación y utilización sostenible de la biodiversidad marina en áreas más allá de las jurisdicciones nacionales. La Argentina está en condiciones de garantizarlo en la actualidad sin necesidad de terceros países ya que se basa en las acciones realizadas en la zona nacional.
* Cooperación internacional: La ratificación del acuerdo podría fomentar la cooperación internacional y la coordinación entre países para abordar los desafíos relacionados con la gestión de la biodiversidad marina. Hoy esta cooperación de solicitarse existe, no requiere de un acuerdo.
* Acceso a recursos: El acuerdo podría proporcionar oportunidades para que Argentina acceda a recursos marinos y beneficios económicos en áreas más allá de su jurisdicción nacional. Hoy están disponibles los recursos independientemente de la firma del acuerdo.

CONCLUSIÓN
En el balance de los aspectos negativos y positivos del acuerdo, ampliamente la Argentina saldrá perjudicada poniendo en riesgos los intereses nacionales marítimos y afectado arteramente la soberanía en nuestros territorios usurpados. Por estos motivos es que exhortamos a nuestros representantes en el Congreso de la Nación a no ratificar el acuerdo internacional BBNJ.
 

* Fundador y presidente de la Fundación Argentina Azul.