El Gobierno modificó la reglamentación de la Ley de Tránsito para reconocer de forma directa las certificaciones de seguridad de los Estados Unidos, eliminar trabas a la importación de piezas y liberar el mercado de autopartes.
La medida, instrumentada por medio del Decreto 796/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, busca agilizar la homologación de vehículos cero kilómetro, tanto importados como nacionales, y simplificar los trámites burocráticos apoyándose en estándares técnicos internacionales.
Con el cambio normativo, se incorpora el sistema de autocertificación vigente en los Estados Unidos. A partir de ahora, Argentina validará de manera directa las homologaciones respaldadas por el documento “Blue Ribbon Letter”, emitido por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) de Estados Unidos.
Este documento certifica que el fabricante asume la responsabilidad del cumplimiento de las normas de seguridad activa y pasiva bajo las exigentes normas federales norteamericanas (Federal Motor Vehicle Safety Standards – FMVSS).
Con esta modificación, el Estado reconocerá dicha documentación como suficiente para acreditar las exigencias de seguridad locales, sin requerir ningún ensayo o requisito de seguridad adicional a los ya exigidos por la NHTSA. La correspondencia técnica de las unidades importadas se verificará de manera individual mediante el Número de Identificación Vehicular (VIN).
Para poder ser librados al tránsito público, todos los vehículos de producción seriada y 0 KM deberán contar con la correspondiente Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA).
La LCM, vinculada a la seguridad activa y pasiva, será otorgada por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. En tanto que la LCA, enfocada en emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones, será expedida por la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes.
El trámite se iniciará mediante una solicitud con carácter de declaración jurada por parte de la terminal o el importador. Asimismo, se mantiene la validez de las homologaciones previas bajo normas reconocidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En sintonía con las políticas de desregulación, el Decreto 796/2026 establece que todos los componentes, autopartes y piezas de repuesto destinadas a vehículos que se fabriquen o importen en el país serán de comercialización, producción e importación libre.
Esto significa que ya no se requerirá ningún tipo de autorización previa para su ingreso o venta, quedando bajo responsabilidad de los fabricantes e importadores que cumplan con las especificaciones técnicas obligatorias vigentes.
La simplificación administrativa no está exenta de controles posteriores. Los importadores y terminales que homologuen vehículos bajo la “Blue Ribbon Letter” tendrán la obligación de informar inmediatamente a las autoridades argentinas cualquier sanción, investigación, campaña de retiro o defecto de fabricación que comunique la NHTSA en Estados Unidos.
Ante medidas de dicho tipo, deberán replicar las mismas acciones correctivas de manera urgente en el mercado local. En caso de no hacerlo, se procederá a la suspensión o revocación de la homologación del modelo.
Por último, el decreto advierte que cualquier ocultamiento, omisión o falsedad de datos en las declaraciones juradas o documentación presentada será tipificado como falta grave, habilitando la aplicación de penalidades bajo la Ley de Defensa del Consumidor y el Decreto de Lealtad Comercial 274/2019, sin perjuicio de las correspondencias en los fueros civil o penal.