Opinión

Artificio judicial inconstitucional

POR JOSÉ ALBERTO MIÑONES CARRIÓN (*)

El gobierno de Néstor Kirchner había ganado las elecciones con solamente un 20% de los muy pocos ciudadanos que desilusionados por los fracasos recientes, habían participado de la elección.

Su estrategia para ganar consenso fue arengar “transversalmente” a las izquierdas de todos los partidos, lo que le resultó muy efectivo.
Con procedimientos flagrantemente anticonstitucionales colonizó el Poder Judicial de la Nación promoviendo jueces adeptos, persiguiendo a disidentes y en consecuencia creando pánico en los agentes judiciales.

También en forma ilícita se “anularon” indultos presidenciales y se sancionaron leyes que “anularon” las leyes nacionales de obediencia debida y de punto final, que en su oportunidad habían cumplido con todos los requisitos legales y constitucionales para su aprobación promulgación y vigencia. Nunca debieron ser anuladas sino abrogadas, porque no tenían vicios de forma ni de contenido y mucho menos podían ser anuladas dada su grave implicancia penal.

Se promovieron acordadas de la CSJ, jurisprudencia de una nueva Cámara Federal Penal, fallos plenarios, cátedras universitarias antijurídicas al extremo y hasta un partido ideológico-político de funcionarios judiciales (autodenominado increíblemente “justicia legítima”) como si hubieran dos Justicias.

Esta tremenda injerencia ilegal del Ejecutivo sobre otros poderes de la Nación, dio como resultado una violación organizada, efectiva y sistemática, de los más elementales derechos ciudadanos garantizados por la Constitución Nacional en materia Penal.

Se hicieron oficiales las violaciones lisas y llanas al principio de inocencia, a la irretroactividad de la ley penal, al non bis in idem, a las generales de la ley en los testigos, se desestimó la instancia de los jueces naturales del fuero militar, la referencia a la ley vigente en el momento y circunstancias de los hechos (Código de Justicia Militar y Decreto del PEN), se privó a los jueces inferiores de su “independencia de juicio”, esencial para el ejercicio de toda magistratura y para el control de constitucionalidad; y se dictaron sentencias no apoyadas en los hechos, o directamente, sin nexo causal con los acusados. Inclusive, funcionó una suerte de “obediencia debida judicial” que terminaba por proveer escandalosas sentencias, privaciones ilegítimas de libertad y de “aplicación exclusiva” para militares e integrantes de fuerzas de seguridad sometidos a los tribunales. Se ha llegado al extremo de aceptar la barbarie criminal de crear y aplicar retroactivamente un singular Instituto de la Imprescribilidad Penal, totalmente ajeno a nuestro Derecho Nacional Argentino y en total contradicción con nuestra cultura y visión trascendente del hombre. Derecho el nuestro, que siempre evitó la persecución infinita, la condena perpetua, o la pena capital, desarrollado desde sus comienzos en la firme, insoslayable y probadamente cierta creencia cultural que da a todo hombre la posibilidad de corregirse o de resocializarse, y todavía, en la oportunidad que aún al más maligno asiste, de arrepentirse con sinceridad, pedir perdón, reparar en lo posible y prometer firmemente no volver a equivocarse, para salvarse trascendentalmente. Por otro lado, también plasmado está en nuestra CN, que sigue el criterio de condenar por razones de seguridad y no para castigo. Razones éstas de seguridad que no las hay, ni pueden atribuirse ni por asomo a estos sujetos hoy detenidos o condenados, que no presentan el más mínimo riesgo para nadie. No actuaron por propia iniciativa, sino que lo hicieron en el marco de una Guerra que hoy no existe, con armamento y jerarquías que ya no tienen, que no pertenecen a una estructura militar como la del momento, que tampoco están sujetos a la obligación legal de actuar, ni de obedecer a nadie, y como si fuera poco, son todos mayores de 70 años. Estos gravísimos precedentes, jurisprudencia y flagrantes excesos de rigor en la ejecución de sentencia, que repugnan el más mínimo sentido de Justicia, y que nunca debieron aceptarse por los magistrados de ningún nivel, no pueden continuar. Además, deben borrarse para siempre, para que como antecedentes y jurisprudencia, no pongan en peligro futuro a todos los habitantes de este suelo, especialmente a los funcionarios (y jueces) que resultaron obligados a cumplirlos.

No es aceptable mantener vigentes semejantes monstruosas barbaridades, ni sus efectos hoy en progreso y dañosos continuadamente, sobre todo cuando hasta la presión política Kirchnerista ya ha terminado.

La simple, necesaria, inevitable y urgente solución, es una obligación legal, legítima, moral y humana, de imprescindible, elemental y básica justicia. Solamente bastaría una expresión declaratoria del Máximo Tribunal sobre la verdadera ilegalidad o inconstitucionalidad de cualquiera de las referidas aberraciones o atropellos citados, para hacer caer toda esta Maquinación y Artificio Judicial Inconstitucional Malicioso y Perverso.

(*) TC VGM R - Abogado