El episodio ocurrió en la Facultad de Derecho en 2003
Condenan a la UBA a indemnizar a los padres de una alumna que murió al caer por un hueco de un ascensor
La alumna subió al ascensor y no se la volvió a ver. Apareció dos días después tirada en planta baja. El caso había sido archivado, pero el reclamo civil continuó y ahora indemnizarán a los padres con casi medio millón de pesos.
La Universidad de Buenos Aires (UBA) fue condenada a indemnizar con casi medio millón de pesos a los padres de una alumna de la carrera de Derecho que murió al caer por el hueco de un ascensor del que intentó salir después de que quedara parado entre dos pisos.
La Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal resolvió así la demanda de la familia de Romina Elizabeth Rozano Vega, la joven que murió el 13 de mayo de 2003 y cuyo cuerpo fue hallado dos días más tarde.
El caso, que conmocionó a la comunidad educativa hace casi una década, fue archivado en la etapa penal por el juez de instrucción y postulante a juez federal Luis Rodríguez, "en razón de no haberse acreditado la perpetración de delito alguno ni responsabilidades criminales".
Pero el reclamo civil siguió adelante y terminó con la condena contra la UBA a indemnizar a los padres con 480 mil pesos más intereses a contar desde el momento de los hechos.
El 13 de mayo de 2003, Rozano Vega "concurrió a la Facultad de Derecho, luego de asistir a una clase en el primer piso que concluyó a las 10 y que en compañía de otra alumna se dirigían a fin de obtener fotocopias. Como ésta se demoró, se dirigió sola hacia el sector del ascensor y no se la volvió a ver", explica el fallo.
La joven no fue hallada ese día; "al día siguiente no hubo actividad por un conflicto gremial y el 15 de mayo a las 8.30 aproximadamente, un operario encontró en el interior de la cabina un bolso que resultó ser de la víctima", y posteriormente su cadáver.
"El deceso se produjo como consecuencia de su caída en el foso del ascensor al intentar salir por sus propios medios de su interior, donde había quedado atrapada al detenerse entre los pisos segundo y tercero a raíz de una falla técnica", describe la causa.
Para los jueces Ricardo Guarinoni y Alfredo Gusman, "debe presumirse -por ser la reacción normal de quien se encuentra encerrado en un ascensor-, que golpeó la puerta y levantó la voz pidiendo auxilio. Nadie que queda encerrado en un ascensor procede a abandonarlo sin esperar un tiempo prudencial a ser rescatado o bien proferir gritos pidiendo auxilio, ese es el normal desarrollo de los acontecimientos, lo que realiza el común de la gente ante una circunstancia similar, lo que debe presumirse".
"Lo otro, la excepcionalidad del abandono inmediato de la cabina sin proferir siquiera un grito de auxilio temerariamente e imprudentemente, es manifiestamente excepcional, no puede presumirse y no ha sido producida ninguna prueba que permita siquiera inferirlo", añadieron, al descartar la responsabilidad de la víctima en su propia muerte.
Para los jueces, "fue el vicio del ascensor el que generó la necesidad de la alumna de salir por sus propios medios, es decir que las circunstancias de encierro e incertidumbre la obligaron a tomar dicha decisión y las demandadas no han producido ninguna prueba tendiente a demostrar el más mínimo grado de diligencia por parte de los dependientes de la Universidad dado que no fueron encontradas sus pertenencias, reitero, sino hasta casi 48 horas después de que la víctima ascendiera al ascensor".