Abogados aseguran que las sentencias del ex magistrado pueden ser revisadas

A raíz de las declaraciones del ex juez federal Norberto Oyarbide, en la causa sobre los Cuadernos de las coimas que tomaron estado público, La Prensa requirió ayer la opinión de Jorge Rizzo, Pablo Tonelli y Félix Loñ, tres abogados del foro porteño con relación a la situación procesal y las causas que tuvo a su cargo el magistrado.

JORGE RIZZO

* Ex presidente de la ONG "Gente de Derecho" y ex titular del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal:
"Oyarbide se perdió en el túnel del tiempo. Frente a las presuntas presiones que recibió, podría haber efectuado una denuncia penal. Pero recién renunció a sus funciones como juez federal el 14 de abril de 2016. O sea, en forma posterior al 10 de diciembre de 2015 (fecha en que asumió el gobierno de Mauricio Macri). Y en cuanto a las sentencias que dictó, concretamente en el caso del sobreseimiento del matrimonio Kirchner en el expediente por presunto enriquecimiento ilícito (en diciembre de 2009), se podría invocar la existencia de cosa juzgada írrita, o sea, dictada en "irritación a la ley". Oyarbide siempre falló a favor de los gobernantes o del Estado. Con Menem era menemista y con los Kirchner era kirchnerista".
Vale aclarar que la cuestionada decisión de Oyarbide estuvo fundada en un informe del Cuerpo de Peritos de la Corte Suprema de Justicia, cuerpo que no detectó irregularidades en la declaración jurada del matrimonio.

PABLO TONELLI
* Diputado nacional del PRO y presidente de la comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura:
"Sospechamos que el entonces juez Norberto Oyarbide fallaba habitualmente de modo complaciente. La circunstancia de que le hayan o no "apretado el cogote", como él dice, no disminuye el carácter desviado de su actuación. Debió haber denunciado esas presiones, pues de lo contrario incurrió en una omisión grave. En caso de que proporcione más detalles, sus expresiones podrían dar motivo a una revisión de sentencia en la causa por presunto enriquecimiento ilícito, en la cual que dictó el sobreseimiento de los Kirchner. Todo esto forma parte de la notoria inconducta demostrada, antes y ahora, por el ex magistrado".

FELIX LOÑ
* Especialista en Derecho Constitucional:
"Está haciendo lo mismo que los empresarios involucrados en la causa de los Cuadernos de las coimas. Es decir, buscan una sanción menor, para lo cual tratan de hacerse las víctimas del Gobierno anterior, invocan la figura del arrepentido, y logran que su conducta sea encuadrada en el delito de "exacciones ilegales", previsto en el artículo 166 del Código Penal. De esta forma, la sanción a aplicar será menor a la del delito de cohecho. A su vez, por ser menor a los tres años, la condena no será de cumplimiento efectivo. Lo que ocurre es que en los delitos de corrupción, ninguno de los dos (el que da dinero y el que lo recibe), está interesado en que esos hechos se conozcan, aunque todos son cómplices. Hay un alto grado de decadencia y estamos logrando que el mundo no entienda lo que pasa en la Argentina"". El jurista Félix Loñ recordó que en 2009, el sobreseimiento dictado por Oyarbide a favor del matrimonio Kirchner, no fue apelado por el fiscal de la causa, Eduardo Taiano, ni tampoco por el fiscal de Investigaciones Administrativas, Guillermo Noailles.