Caso Angeles Rawson: condenan por "violación de secreto" al perito que habló de prácticas sadomasoquistas

Se trata del médico Adolfo Oscar Méndez, quien actuó como perito de la defensa del portero Jorge Néstor Mangeri.

El médico Adolfo Oscar Méndez, quien actuó como perito de la defensa del portero Jorge Néstor Mangeri en la causa por el crimen de Ángeles Rawson , fue condenado a seis meses de prisión en suspenso y tres años de inhabilitación por haber revelado en una nota televisiva detalles de una junta médica de ese caso, informaron fuentes judiciales.

Se trata de la entrevista en la que el por entonces perito tuvo un cruce con la periodista Débora Plagger porque afirmó que Ángeles podría haber tenido "prácticas sexuales sadomasoquistas", lo que motivó su alejamiento de la causa.

El fallo corresponde a un juicio que llevó adelante el juez en lo Correccional porteño 4, Francisco Carlos Ponte, quien consideró a Méndez autor del delito de "violación de secreto", contemplado en el artículo 157 del Código Penal, que prevé penas de entre un mes y dos años de prisión.

Según informó el sitio institucional fiscales.gob.ar, en su alegado, el fiscal Ariel Yapur había solicitado para Méndez una pena de un año de cárcel y cuatro de inhabilitación.

Méndez fue condenado por las declaraciones que formuló el 26 de agosto de 2013 durante una entrevista telefónica que le dio en el canal de noticias C5N a los periodistas Plagger y Mauro Szeta, quienes declararon como testigos en el debate.

El perito médico de la defensa de Mangeri, que encabezaba el abogado Miguel Ángel Pierri, dio en la nota detalles de las conclusiones a las que se arribó en la junta médica que el juez de la causa Ángeles, Javier Feliciano Ríos, había ordenado para revisar las conclusiones de la primera autopsia y que determinó que la verdadera causa de muerte había sido un estrangulamiento y que la adolescente de 16 años había sido víctima de un ataque sexual.

 

Según fiscales.gob.ar, en el juicio se probó que Méndez reveló "datos puntuales de las verificaciones periciales", entre ellos "la hora de muerte de la víctima", que "había sangrado profusamente por la boca" y que la causa de muerte era "estrangulamiento".

Con respecto a las lesiones que presentaba la víctima en la zona paragenital, Méndez aseguró que la perito ginecóloga del Cuerpo Médico Forense señaló que eran compatibles con las de un ataque sexual pero que, en su opinión como perito, eran también factibles con "prácticas sexuales consentidas de índole masoquista".

En su alegato, el fiscal Yapur aseguró que Méndez sabía y había sido informado específicamente de su deber de guardar secreto.

"Los datos que dio, más allá de si fueron de una falta de ética profesional, constituyeron un quebrantamiento de su deber como perito", dijo el fiscal en el juicio.

Sostuvo que si bien había algún conocimiento sobre lo sucedido en la Junta en los medios de comunicación, nadie tenía los detalles concretos de lo sucedido y que fue el perito de Mangeri quién los proporcionó. "El conocimiento puntual de la opinión pública fue de boca de Méndez en esta entrevista, reveló detalles aunque estaba prohibido que lo hiciera", especificó.

"El derecho a la información pública no justifica que los auxiliares de justicia divulguen en entrevista información que debía permanecer secreta", agregó Yapur quien mencionó como un agravante que la información era "particularmente sensible" en relación a la intimidad de la víctima.

Este no es el único problema que le trajo el caso Ángeles al entonces perito de la defensa, ya que en el juicio por el cual Mangeri terminó condenado a prisión perpetua como autor del crimen en 2015, el TOC 9 ordenó la extracción de testimonios para que se investigue si Méndez, al declarar en el debate, incurrió en un posible falso testimonio.

Al declarar ante los jueces que condenaron al portero, Méndez sugirió que éste pudo haber sido arañado durante las cuatro horas que estuvo en la fiscalía la madrugada en la que terminó detenido.