Sobre las denuncias que involucran al titular de la Agencia Federal de Investigaciones

La UIF dice que no puede informar hasta no agotar el análisis de una operación reportada

El organismo dijo que "la Institución funciona de manera plenamente autónoma, sin injerencias indebidas por parte del gobierno, la política, o intereses sectoriales, tal como lo requieren los estándares internacionales y la Ley Argentina".

La Unidad de Información Financiera (UIF) aclaró, sobre las denuncias que involucran al titular de la Agencia Federal de Investigaciones, Gustavo Arribas, que no puede brindar información sobre un caso hasta no "agotar el análisis" de una operación reportada como sospechosa de lavado de dinero.

"En función de las estrictas leyes vigentes que rigen la actividad de la UIF, esta institución no informa nunca a terceros fuera de su ámbito si recibió o no información vinculada a un caso, ni si habiéndola recibido inició una tarea de análisis, ni el estado en el que la misma pudiese encontrarse", indicó en un comunicado de prensa.

El organismo remarcó que "conforme al artículo 22 de la Ley 25.246, los funcionarios y empleados de la UIF están obligados a guardar secreto de las informaciones recibidas en razón de su cargo, al igual que de las tareas de inteligencia desarrolladas en su consecuencia, y que revelar informaciones fuera del ámbito de la UIF se encuentra penado con prisión". 

Arribas fue denunciado penalmente por la diputada Elisa Carrió, socia del Gobierno del presidente Mauricio Macri, luego de que se difundiera que habría cobrado unos 600 mil dólares de parte de un operador de la empresa constructora brasileña Odebrecht, investigada en el escándalo de corrupción Lava Jato.

El diario La Nación publicó este jueves que la UIF había recibido un alerta en abril del año pasado sobre las cinco transferencias de dinero que uno de los operadores de las coimas de Odebrecht envió en 2013 a una cuenta del actual jefe de los espías, pero que desde el organismo no se informó a la Justicia de esos giros.

El organismo antilavado emitió un comunicado donde sostiene que "el artículo 19 de la Ley 25.246 indica, que solo cuando la UIF hubiese agotado el análisis de una operación reportada y surgieren elementos de convicción suficientes para confirmar su carácter de sospechosa de lavado de activos o de financiación del terrorismo en los términos de la ley, es cuando debe poner los mismos en conocimiento del Ministerio Publico Fiscal a los fines de establecer si corresponde ejercer la acción penal".

También resaltó que "por primera vez desde su creación, la Institución funciona de manera plenamente autónoma, sin injerencias indebidas por parte del gobierno, la política, o intereses sectoriales, tal como lo requieren los estándares internacionales y la Ley Argentina".

Y advirtió que "las prácticas poco profesionales de este organismo en el pasado minaron la confianza de sus fuentes locales e internacionales, elemento central para su correcto funcionamiento, que esta nueva gestión está logrando restituir respetando el apego incondicional a la legalidad"