La Justicia condenó a un hombre a subir la cuota alimentaria para su hija adolescente

Consideró que mayor edad la adolescente tenía más gastos y que el costo de vida obligaba a un aumento de la mesada. El fallo, además, rechazó los argumentos del padre que justificó que no podía destinar más plata a su hija biológica porque ya mantenía a la hija de su pareja, de 15 años.

La Justicia condenó a un hombre a subir la cuota alimentaria para su hija de 14 años por entender que a mayor edad la adolescente tenía más gastos y que el costo de vida obligaba a un aumento de la mesada.

El fallo, además, rechazó los argumentos del padre que justificó que no podía destinar más plata a su hija biológica porque ya mantenía a la hija de su pareja, de 15 años.

La decisión, en base al nuevo Código Civil y Comercial, fue tomada por el juzgado de familia 6 de Cordoba. 

La demanda había sido inicada por una mujer contra su ex marido pidiendo que se le aumentara los 1.200 pesos que cobraba de cuota alimentaria -fijada hacía tres años- "atento al aumento en los costos del nivel de vida, como consecuencia de los procesos inflacionarios padecidos por el país provocado por el aumento masivo y generalizado de los precios".

La mujer, según el fallo publicado por el portal El Dial, pidió un aumento del 30 por ciento de los haberes netos del sueldo de su ex marido, tras reportar que no tiene trato con la niña porque "existe un abandono total en la crianza" y por lo tanto "jamás realiza un gasto extra, llevándola a almorzar o cenar, comprándole algún elemento necesario para el colegio o trasladándola al mismo".

El hombre, a su turno, rechazó el planteo al sostener que eran "observaciones subjetivas" el "relevante" incremento de los gastos de vida de la adolescente y además señaló que su sueldo no se había modificado de manera relevanete y aclaró que tenía una nueva familia desde hacía ocho años con una mujer y la hija de ésta.

Frente a eso, aclaró que solo podía aceptar un aumento de la cuota de un 20 por ciento de sus haberes mensuales.

El tribunal que analizó la cuestión fijó el aumento de la cuota en un punto intermedio del 25 por ciento, pero fustigó los argumentos del hombre.

Según el nuevo Código Civil que rige desde agosto "la obligación alimentaria a cargo de los padres tiene fundamento directo en los derechos deberes de la responsabilidad parental y su satisfacción recae sobre ambos progenitores de manera conjunta" y señala que ambos deben "brindarles alimentos 'conforme su condición y fortuna'".