Claves para completar el formulario de la AFIP

¿Quiénes son los que deberán completar el formulario 4550/T?

Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán seleccionar el Formulario N° 4550/T (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada. La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.

¿Cómo hay que proceder cuando corresponda el pago del arancel del 50%?

En caso, de corresponder el pago del arancel único del 50% sobre el valor de compra, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o, en la Aduana correspondiente, con la declaración jurada presentada y la constancia del pago efectuado. El pago se realizará vía Volante Electrónico de Pago (VEP). Este pago se hace a través del sitio de la AFIP. Hay que tener clave fiscal de nivel 2.

¿Qué se debe consignar en el Formulario 4550/T y qué hay que poner en el VEP como “Identificador del envío”?

Al momento de confeccionar el Formulario 4550/T y el Volante Electrónico de Pago, en el campo “Identificador del envío” deberá informar el número local asignado por el Correo Oficial y que éste le comunica al adquirente cuando arriba la mercadería. Un envío suele tener un número de tracking internacional y cuando llega al país el Correo Argentino le asigna otro número local. Este último es el que debe consignarse en dicho campo.

¿Cómo es el trámite según la modalidad de entrega del producto?

Si la entrega llega a la puerta del domicilio del comprador a través de un Courier (por ejemplo, DHL, FedEx, etc) esta empresa se ocupa de declarar la operación como un despacho de importación. Y paga ante la AFIP el arancel específico que rige para cada producto, que luego se carga al precio final que paga el usuario. En este caso, según explicaron fuentes de la AFIP a este diario, sólo es necesario completar la declaración jurada pero no se paga el recargo de 50%. En cambio, si la entrega se hace a través del Correo Argentino, se paga el 50% directamente en el momento en que se recibe el producto. El pago anticipado mediante el Volante Electrónico de Pago (VEP) se aplica cuando la pieza es transportada por el Correo Argentino pero se retira en la Aduana de Retiro.