El calendario de feriados para 2014 suma 17 días

De acuerdo al decreto 1768/2013 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso los feriados "con fines turísticos" que regirán en el país para 2014, 2015 y 2016, año en el que ya habrá finalizado el actual mandato de la presidenta Cristina Fernández.

 

El gobierno publicó cuáles serán los feriados puente, formalmente llamados "con fines turísticos" hasta 2016. Serán el 2 de mayo y 26 de diciembre de 2014, el 23 de marzo y 7 de diciembre de 2015 y el 8 de julio y 9 de diciembre de 2016, de acuerdo al decreto 1768/2013 publicado en el Boletín Oficial.

En los considerandos de la nueva disposición se explica que el artículo 3 del decreto 1584 del año 2010 "instituye los feriados con fines turísticos, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, en los casos en que los feriados nacionales coincidan con los días martes o jueves, a fijar dos feriados por año que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediatos respectivos".

Así, el calendario de feriados para 2014 suma 17 días y es el siguiente:

Enero:    miércoles 1° (Año Nuevo).
Marzo:   lunes 3 y martes 4 (Carnaval) y lunes 24 (Día de la Memoria).
Abril:      miércoles 2 (Día de los Caídos en Malvinas) y viernes 18 (Viernes Santo).
Mayo:      jueves 1° (Día del Trabajador), viernes 2 (feriado puente) y domingo 25 (Día de la Revolución de Mayo).
Junio:      viernes 20 (fallecimiento de Belgrano).
Julio:        miércoles 9 (Día de la Independencia).
Agosto:     lunes 18 (se traslada el 17 de agosto, fallecimiento de San Martín).
Octubre:    lunes 13 (se traslada el 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural).
Noviembre: lunes 24 (se traslada el 20 de noviembre, Día de la Soberanía).
Diciembre: lunes 8 (Inmaculada Concepción), jueves 25 (Navidad) y viernes 26 (feriado puente).

Específicamente sobre el 2016, el decreto publicado hoy explica que en el transcurso del mismo un solo feriado nacional coincidirá con un día martes o jueves, por lo que "corresponde fijar adicionalmente para ese año un feriado en un día determinado".

En ese marco, la disposición destaca que "el 9 de julio de 2016 se conmemorará el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la Patria, fecha cúlmine del período de festejos patrios del Bicentenario iniciado el 25 de Mayo de 2010".

Teniendo en cuenta que el 8 de julio de ese año es día laborable, "y previéndose que con motivo de los festejos de la fecha histórica del 9 de Julio habrá una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones en todo el territorio de la Nación", el decreto establece ese día como "feriado turístico".