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Actualidad
Condenan a una empresa de medicina privada por un paciente que murió por demoras en su atención
29.06.2012 | La familia del paciente cardíaco llamó a la ambulancia, que desde que llegó a su casa tardó más de una hora en subirlo y trasladarlo, por lo que llegó al hospital en pésimas condiciones y falleció casi de inmediato.

La Cámara Civil condenó a una empresa de medicina privada y a su contratada para emergencias por la muerte de un paciente cardíaco que tras sufrir una patología "parecida a un infarto" debió caminar 15 metros hasta una ambulancia, con un clima gélido, y esperar una hora que lo trasladaran a un hospital.

La Sala F de la Cámara, con las firmas de los jueces José Luis Galmarini, Eduardo Zannoni y Fernando Posse Saguier, dispuso una condena de 700 mil pesos más intereses a contar desde el momento de los hechos.

El hecho ocurrió el 11 de mayo de 2007, a las 6, cuando el paciente, cuya identidad esta agencia mantendrá en reserva, "despertó refiriendo un fuerte dolor precordial, opresivo e irradiado hacia el hombro izquierdo, ante lo cual su esposa se comunicó telefónicamente con el servicio de emergencias médicas de Bristol Medicine, prestado por la empresa Vittal Socorro Médico y solicitó una ambulancia".

"Transcurridos diez minutos de efectuado el llamado" llegó la ambulancia, que corroboró la patología cardíaca y "se le suministró aspirina y un tranquilizante", sostuvo la resolución.

Pese a que "continuaba con dolor en el pecho y del clima frío imperante en la calle, lo condujeron caminando, desabrigado, sin suero ni oxígeno -más de 15 metros- desde su cama hasta la ambulancia", agregó.

Según se detalló, "habiendo transcurrido más de una hora desde su llegada, la ambulancia permanecía estacionada en la puerta de su casa".

"Luego llegó otra ambulancia de la cual descendieron más personas con equipamiento técnico y subieron al móvil en el que se hallaba su marido, el que recién en ese momento emprendió su marcha rápidamente hacia el hospital Pirovano", explicó el fallo.

Pero el paciente "llegó al nosocomio con paro cardiorrespiratorio, no respondió a las maniobras de resucitación que se le efectuaron y finalmente falleció", se agregó.

Para el tribunal, "resultó a todas luces contraproducente hacer que el paciente caminase desde su cama hasta la ambulancia y subiese al móvil por sus propios medios, exponiéndose a la baja temperatura imperante en el exterior".

"Tales esfuerzos, que debieron evitarse ante el estado de vulnerabilidad que presentaba el paciente, precipitaron una fibrilación ventricular que ocasionó el fallecimiento", dijeron los jueces, basados sobre una pericia médica.

Finalmente, sostuvieron que "tanto el servicio de emergencia como la entidad prepaga, a raíz del incumplimiento de las obligaciones a su cargo, le restaron al paciente una chance de vida que, aunque hubiera sido escasa, ese incumplimiento le restó una oportunidad de sobrevida susceptible de resarcimiento".

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