El Gobierno de la Ciudad apeló al fallo pero la Justicia no le dio la razón
Ordenan al gobierno porteño quitar la clasificación de "jubilable" para una docente
La mujer, que superaba la edad de 57 años, había sido calificada de "jubilable", lo cual constituía "un impedimento para sus eventuales traslados, designaciones interinas y ascensos", según se dictaminó.
La Justicia le ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que retire la calificación de "jubilable" a una docente, porque ese mote atenta contra sus posibilidades en los concursos para ocupar cargos vacantes.
"La calificación de la actora como 'jubilable', en tanto constituye un impedimento para sus eventuales traslados, designaciones interinas y ascensos, afecta las garantías constitucionales de igualdad y no discriminación", sostuvo un fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires, confirmado ahora por la Corte Suprema.
La demanda fue planteada por Liliana Inés Liskowicz, docente dependiente del Ministerio de Educación porteño, quien inició una acción de amparo contra el Estado local para que "se deje sin efecto la clasificación de 'jubilable' o 'JB', con la que es designada en los diversos listados de aspirantes a cargos docentes".
La docente había obtenido un fallo favorable en primera instancia que le permitía aspirar en igualdad de posibilidades "en las planillas de aspirantes en cuestión, relativas al ciclo lectivo 2008 y en los sucesivos que se elaboren hasta la edad de 65 años".
Pero la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario revocó la medida argumentando que "el régimen jubilatorio para los docentes se mantiene plenamente vigente, por lo que la edad jubilatoria para las mujeres es de 57 años", que la educadora había superado.
El TSJ corrigió ese fallo y dispuso que el retiro de la caracterización de "jubilable" fuera quitado de inmediato.
El Gobierno de la Ciudad apeló ante la Corte Suprema de Justicia, que en un fallo que acaba de ser notificado a las partes, resolvió declarar "inadmisible" la apelación.
El fallo del máximo tribunal, que le da al expediente el valor de la "cosa juzgada", fue firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.